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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Quinta Parte; Pág. 115
TRABAJADORES DEL ESTADO TEMPORALES. RELACION DE TRABAJO CON EL TITULAR. PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Quinta Parte; Pág. 115
Si bien es cierto que el nombramiento de acuerdo con lo que disponen los artículos 9o. y 12o. del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión constituye el medio legal para establecer la relación de trabajo entre el titular y el empleado, cabe advertir que el artículo noveno en su parte final, señala que no es necesario dicho nombramiento para que una persona adquiera el carácter de trabajador del Estado, cuando se trata de trabajadores temporales para obra o por tiempo determinado, caso en el cual se sustituye dicho nombramiento con la lista de raya.
Precedentes
Amparo directo 3014/61. Secretario de Recursos Hidráulicos. 16 de octubre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.