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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Quinta Parte; Pág. 39
PRESTACIONES. PRUEBAS DE SU PAGO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Quinta Parte; Pág. 39
Con excepción de las horas extraordinarias, cuya prueba corre a cargo del trabajador, el pago de las demás prestaciones debe demostrarse por el patrón, porque los comprobantes de haber cubierto las prestaciones derivadas del contrato de trabajo se encuentran en poder del patrón, quien debe acreditar haber cumplido o pagado tales prestaciones.
Precedentes
Amparo directo 5876/60. Julio Romero Jiménez. 23 de agosto de 1961. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.