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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 9
ACTAS LEVANTADAS POR LAS EMPRESAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 9
Para que tengan valor pleno las actas administrativas levantadas por las empresas, en cumplimiento de sus contratos de trabajo, es necesario que sean ratificadas ante las Juntas respectivas, por las personas que las hayan suscrito, con el objeto de dar oportunidad al actor de interrogarlas sobre lo manifestado por ellas, por lo que cuando esto ocurre queda acreditado que la falta que se ha imputado a un trabajador se ajusta a la verdad.
Precedentes
Amparo directo 4391/60. Inés González Rico. 21 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.