Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274910
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274910
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 21
CONTRATO DE TRABAJO A COMISION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 21
Cuando en un contrato celebrado por una empresa mercantil y uno de sus empleados, se establece, como base para la remuneración, un tanto por ciento determinado, sobre las operaciones que ese empleado realice, y se estatuye que la persona debe emplear todo su tiempo en atender los intereses del patrono con quien contrata y se le prohiben otra clase de actividades, es incuestionable que el contrato es de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 2856/60. Enrique Ceballos Montoya. 5 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.