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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 24
DESOBEDIENCIA. FALTAS GRAVES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 24
Es inadmisible estimar que una empresa de servicio público, cuyo funcionamiento descansa en la disciplina de millares de subordinados, no pueda considerar como falta bastante grave la desobediencia a órdenes relativas al funcionamiento de la organización que regentea.
Precedentes
Amparo directo 3047/58. Manuel Sáenz Caballero. 7 de julio de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.