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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 37
EMPLEADOS DE CONFIANZA Y DE BASE. INAMOVILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 37
El derecho a la inamovilidad se encuentra establecido por el Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión únicamente para los trabajadores de base, según lo dispone el párrafo final de su artículo 4o., estando excluidos de la aplicación de las normas estatuarias los empleados catalogados como de confianza según lo confirma expresamente su artículo 5o.
Precedentes
Amparo directo 6849/60. Federico Ramírez Baños. 20 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.