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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 41
INVESTIGACIONES PREVIAS, OMISION DE LOS PATRONES DE PRACTICARLAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIX, Quinta Parte; Pág. 41
La omisión de los patrones de no practicar las investigaciones previas tendientes a comprobar las faltas que imputen a sus trabajadores como causa de despido, a las cuales se hayan obligado contractualmente, no implica que tenga como consecuencia que el despido se deba considerar como injustificado ya que los patrones tienen derecho a que sus actos sean juzgados por la autoridad competente, o sean las Juntas de Conciliación y Arbitraje ante las cuales deben tener oportunidad de justificarlos.
Precedentes
Amparo directo 7335/60. La Omega, S. A. 20 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.