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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Quinta Parte; Pág. 28
EMPLEO DE BASE. REINSTALACION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Quinta Parte; Pág. 28
Si un trabajador pretende su reinstalación en el puesto de base que había disfrutado con anterioridad al desempeño de un empleo de confianza, resulta claro que no hace más que acogerse al principio que se deriva de lo dispuesto por el inciso g) en la fracción I del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión en el sentido de que los trabajadores de base pueden ser ascendidos a un puesto de confianza, caso en el que mientras conserven ésta categoría, quedarán en suspenso todos los derechos y prerrogativas que tuvieren conforme a la ley estatutaria, así como los vínculos con el sindicato al cual pertenecieren y que constituyen un derecho para el trabajador ascendido a un puesto de confianza volver a ocupar el de base del que hubiera sido promovido.
Precedentes
Amparo directo 8688/60. Rodolfo Páez Paliza. 2 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.