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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274961
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Quinta Parte; Pág. 40
NIVELACION DE SALARIOS, NO ES NECESARIA LA INTERVENCION DE PERITOS EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Quinta Parte; Pág. 40
Al absolver de la acción de nivelación de salarios no incurrió la responsable en violación de preceptos legales, pues no es necesario que la Junta tuviera los conocimientos de perito en la materia para que pudiera establecer un paralelo entre las labores desarrolladas por el actor y el trabajador con el que se compara atenta la distinta enumeración que de las mismas se precisaron en la inspección practicada, ni era menester asimismo, que el inspector hubiese presenciado el desarrollo del trabajo, como lo pretende el quejoso, pues le bastaba cerciorarse por otros medios de las labores que uno y otro desarrollaban, máxime si entre esos medios se encuentra la información de viva voz que al respecto le dieran cada uno de los trabajadores presentes.
Precedentes
Amparo directo 926/58. José Aguilar Z. 7 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.