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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Quinta Parte; Pág. 48
TESTIGO SINGULAR, APRECIACION DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Quinta Parte; Pág. 48
Si un testimonio singular permite a la autoridad del trabajo establecer la verdad de los hechos, bien sea por la idoneidad del testigo como por las declaraciones que produce tanto en el cuestionario de preguntas directas como en el de repreguntas, o bien por que su dicho o no esté en contradicción con ninguna de las demás pruebas aportadas al juicio laboral, puede fundarse válidamente en él para pronunciar su resolución.
Precedentes
Amparo directo 114/61. Ulises Cortés Cruz. 26 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.