Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/274979
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 10
ACTO RECLAMADO, APRECIACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 10
Según lo establece el artículo 78 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución, en el amparo no deben tomarse en consideración los documentos que no se ofrecieron como prueba en el juicio laboral de donde emana el acto que se reclama.
Precedentes
Amparo directo 3384/60. Vicente Quiroz. 17 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.