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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 35
FALTAS INJUSTIFICADAS, POR PERMISO NO CONCEDIDO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 35
Si la trabajadora no logró demostrar que le había sido concedido un permiso para estar separada de su empleo, es inconcuso que la quejosa dejó de presentarse al trabajo sin justificación y sin permiso del patrón, por lo que la rescisión de su contrato con apoyo en lo que dispone la fracción X del artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo se llevó al cabo sin responsabilidad para la empresa.
Precedentes
Amparo directo 3319/60. Laura Werkle de la Flor. 14 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.