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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 274997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 37
HORAS EXTRAS, ACCION PROCEDENTE POR CONCEPTO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Quinta Parte; Pág. 37
La acción por pago de horas extras trabajadas es absolutamente independiente de la del despido con o sin causa justificada y puesto que se ejercitó la referida acción, la responsable tenía forzosamente que estudiarla a la luz de la excepción que se hubiere opuesto y de las pruebas de autos; como omitió referirse a tal cuestión de la lite planteada y en el punto resolutivo del laudo absuelve de la reclamación formulada al respecto, procede que se conceda el amparo para el efecto de que quedando insubsistente el laudo reclamado, en el nuevo que pronuncie, subsane la omisión en que incurrió, estudiando y resolviendo sobre la acción por pago de horas extras que el actor ejercitó.
Precedentes
Amparo directo 6476/59. Jorge Serrano Castro. 12 de abril de 1961. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.