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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Quinta Parte; Pág. 20
DERECHO. APLICACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Quinta Parte; Pág. 20
No obsta que la demandada no haya fundado sus pretensiones en la disposición legal aplicable, toda vez que al juzgador corresponde aplicar el derecho tomando en cuenta los hechos expuestos por las partes.
Precedentes
Amparo directo 7706/60. Leopoldo Rodríguez Román. 3 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.