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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275060
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Quinta Parte; Pág. 36
PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Quinta Parte; Pág. 36
Si lo afirmado por los testigos ocurrió un día después del que apunta el quejoso, al aceptar éste no haber laborado ya en la fecha a que se refieren los testigos, es incuestionable que no podían los declarantes haberse dado cuenta de lo acontecido.
Precedentes
Amparo directo 1822/60. Leonardo Diego Torres. 2 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.