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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 24
CONTRATO LABORAL, CASOS EN QUE PUEDE CELEBRARSE POR TIEMPO DETERMINADO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 24
Los artículos 24, fracción III, y 39 de la Ley Federal del Trabajo, circunscriben los casos en que el contrato laboral puede celebrarse por tiempo determinado, fijándose como tales en que su celebración resulte de la naturaleza del servicio que se va a prestar, con derecho para los trabajadores de continuar en el desempeño de las labores, prolongándose la contratación, si al finalizar el término estipulado subsisten las causas que las originan y la materia del trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3921/60. Petróleos Mexicanos. 20 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.