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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 30
DOCUMENTOS. EFICACIA DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 30
Si en términos de defensa el trabajador pretendió destruir la eficacia del documento por la coacción en él ejercitada para firmarlo, era necesario la demostración de tal hecho para comprobar en debida forma la objeción, pues de lo contrario, habiéndose reconocido la firma que calza el documento, y reconocido el hecho de esta firma voluntaria por los testigos que intervinieron como testigos del documento, resulta que el mismo debe admitirse con valor probatorio.
Precedentes
Amparo directo 7039/59. Gabriel Ramos Flores. 1o. de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.