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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 47
PRUEBAS OFRECIDAS EXTEMPORANEAMENTE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 47
La Junta no tiene obligación de examinar pruebas que le hayan sido ofrecidas extemporáneamente o pruebas para mejor proveer que no las haya tenido expresamente como tales.
Precedentes
Amparo directo 6918/59. Luis Sánchez. 16 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.