Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275117
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 49
RESCISION IMPROCEDENTE DEL CONTRATO POR ENCONTRAR DORMIDO AL TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 49
Tratándose de la jornada nocturna, resulta lógico que un obrero, cualquiera que sean sus condiciones físicas, puede ser dominado por el sueño en el trabajo. Ello debe tomarlo en consideración la demandada y en cualquier eventualidad, imponer un castigo al trabajador por su falta, pero no rescindir su contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 411/60. Eleazar Ramos Ceretti. 9 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.