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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 52
SALARIOS, DESCUENTOS PROCEDENTES EN LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Quinta Parte; Pág. 52
La empresa se encuentra facultada para que en los términos convenidos en el contrato laboral practique descuentos en los salarios de sus trabajadores que incurran en responsabilidades y resarcirse así de los perjuicios económicos que se le originen, constituyendo lo pactado el otorgamiento del consentimiento de los trabajadores para que se les hagan los descuentos respectivos, expresado al través del pacto colectivo y actualizado en cada caso particular.
Precedentes
Amparo directo 5207/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 24 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.