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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275136
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 9
AMPAROS IMPROCEDENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 9
En los términos de la fracción IV del artículo 73 de la Ley de Amparo, es improcedente el juicio constitucional que se promueve contra leyes o actos que hayan sido materia de una ejecutoria en otro juicio de amparo.
Precedentes
Amparo directo 6610/58. J. Jesús Delgado Pérez. 4 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.