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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 11
CASAS HABITACION. OBLIGACION DE DESOCUPAR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 11
Habiéndose rescindido al actor su contrato de trabajo por causas sólo a él imputables, es claro que como necesaria consecuencia debió condenársele a la desocupación de la casa habitación que ocupaba por virtud de su contrato, de acuerdo con el artículo 113, fracción XIII, de la Ley Federal del Trabajo, concediéndosele para tal efecto el término de quince días que se consigna en el artículo y la fracción mencionados.
Precedentes
Amparo directo 3037/60. Juan Pérez Pérez. 30 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.