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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 12
CONTESTACION A LA DEMANDA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 12
El tribunal no está obligado a tomar en cuenta hechos no alegados concretamente al contestarse la demanda.
Precedentes
Amparo directo 7620/59. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 26 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.