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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275158
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 33
LAUDOS INCONGRUENTES.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Quinta Parte; Pág. 33
Si la Junta responsable confundió las acciones intentadas en el juicio laboral y no resolvió las intentadas por los trabajadores consistentes en la reanudación del contrato de trabajo, suspendido por la prisión de los actores y, en cambio, tomó en consideración su despido injustificado, no alegado por los obreros, se infringió el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, por haberse pronunciado un laudo referente a cuestiones ajenas a la litis.
Precedentes
Amparo directo 2559/60. Empresa Agrícola "Paso del Río" o "Periquillo". 5 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.