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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 40
EMPLEADOS DE CONFIANZA, DESPIDO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 40
Si el actor empleado de confianza no se limitó a relatar las injusticias de que fue objeto, por parte de algunos de sus jefes, sino que además expuso hechos que no se relacionan ni tienen conexión alguna con su trabajo, como son los referentes a ceses de trabajadores de base, los cuales calificó de injustificados, es inconcuso que dio motivo para que se diera por terminado su contrato de trabajo, de acuerdo con el artículo 126 del código laboral ya que puso en conocimiento del sindicato que tiene celebrado contrato colectivo de trabajo con la empresa hechos respecto de los cuales debía guardar discreción, dada su condición de empleado de confianza, y su actitud podía generar controversias entre la empresa y el sindicato.
Precedentes
Amparo directo 5979/59. Alfonso Villar Rodríguez. 16 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.