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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 52
INDEMNIZACION DE VEINTE DIAS POR AÑO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 52
El pago a la pretensión veinte días de salario por cada año de servicios debe hacerse en los casos en que el patrón se niegue a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el laudo pronunciado por la Junta.
Precedentes
Amparo directo 4589/60. Gregorio Briseño López. 4 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. Ponente: Gilberto Valenzuela.