Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275285
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 93
TRABAJADORES EVENTUALES ACCIDENTADOS, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 93
No teniendo un obrero el carácter de trabajador de planta sino eventual, el patrón no está obligado a reponerlo después de un accidente, en un puesto del que no era titular y si le ofreció emplearlo en otras actividades, no por ello infringió el artículo 318 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 2026/59. Juan Garza Porras. 28 de noviembre de 1960. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.