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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Quinta Parte; Pág. 9
ACTAS NOTARIALES, VALOR DEL CONTENIDO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Quinta Parte; Pág. 9
Las declaraciones de los testigos, contenidas en las actas notariales, tienen valor de presunciones, aun cuando no sean ratificadas ante la autoridad por los testigos que declararon ante el notario, por lo que pueden ser adminiculadas con las demás pruebas aportadas a fin de establecer la verdad legal.
Precedentes
Amparo directo 7728/59. Víctor N. Agather. 19 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.