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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275358
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Quinta Parte; Pág. 9
ACTAS DE INVESTIGACION, VALOR DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Quinta Parte; Pág. 9
Es indudable que habiendo reconocido el actor que firmó el acta de la investigación en la que aparece que el mismo actor reconoció haber tenido participación en el robo de diversas remesas a su cuidado y que fue ratificada en todas sus partes por los que intervinieron en el levantamiento de dicha acta, la Junta debió haber tomado en consideración esa prueba documental, rendida por la demandada, por no haber acreditado el actor su pretensión de que la firmó bajo presión y amenazas con arma de fuego.
Precedentes
Amparo directo 1723/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.