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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Quinta Parte; Pág. 53
TRABAJADORES DEL ESTADO. FONDO DE GARANTIAS DE LOS, DESTINO DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Quinta Parte; Pág. 53
No es compatible que por una parte, con el "fondo de garantías" a que se refiere la Ley sobre Garantías del Manejo de Funcionarios y Empleados Federales se resarza a la nación de los perjuicios económicos que sufra y por otra, se devuelvan las aportaciones cuando, por cualquier causa, dejara el sujeto de descuento de serlo.
Precedentes
Amparo directo 4500/59. Candelario Charles Arias. 21 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.