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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275443
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 25
EMPLEADOS DE CONFIANZA; TAMBIEN SE APLICA A LOS, EL REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 25
Conforme al artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Interior del Trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones en el desarrollo de las labores de una negociación y lógicamente debe entenderse que sus disposiciones obligan a todos los trabajadores de la negociación misma aun a los de confianza, según se desprende del mismo artículo 101 y del 105 de la ley citada, en el que se expresa que para que un reglamento sea obligatorio en el establecimiento o negociación de que se trata, debe depositarse un ejemplar del mismo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente, pues en ambas disposiciones no se indica, ni tendría sentido que así se hiciera que tal reglamento no se aplicara a los empleados de confianza.
Precedentes
Amparo directo 458/60. Sergio Valle Esquivel. 26 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.