Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275463
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 41
PRESCRIPCION DE ACCIONES PARA PEDIR NULIDAD DE CONVENIOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 41
Si había transcurrido con exceso el término de un mes que la fracción I del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo señala para el ejercicio de las acciones para pedir la nulidad del contrato celebrado por error, dolo o intimidación; las acciones correspondientes se encontraban prescritas.
Precedentes
Amparo directo 4408/59. Ezequiel Chávez Molina y José M. Bucio Alvarez. 4 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.