Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275470
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 45
RIESGO PROFESIONAL, RESPONSABILIDAD DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 45
Si se encontraba el trabajador hoy difunto en el lugar del trabajo y en desempeño de sus labores o acabando de terminar éstas, tiene que admitirse que el accidente ocurrió como consecuencia del trabajo desempeñado y por tanto tiene correcta aplicación el artículo 284 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 6673/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.