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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 46
RIESGOS PROFESIONALES, NECESIDAD DE RELACION DIRECTA O INDIRECTA CON EL TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Quinta Parte; Pág. 46
Si no existe una relación directa o indirecta entre las obligaciones que el trabajador debía cumplir conforme a su contrato de trabajo, y el riesgo a que se enfrentó y le causó la muerte que indudablemente constituyó una imprudencia de su parte, al ejecutar un acto desvinculado totalmente de sus obligaciones, no puede admitirse que la muerte sobreviniera a consecuencia del mismo, ni siquiera relacionado indirectamente con las obligaciones contraídas.
Precedentes
Amparo directo 3918/58. American Smelting and Refining Company (Planta de Avalos). 17 de agosto de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.