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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 10
ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL, ACCIONES QUE CONCEDE EL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 10
Las acciones que el artículo 123 constitucional, en su fracción XXII, concede a los trabajadores, son de doble índole; por una parte pueden optar por la indemnización de tres meses de salario con pago de salarios caídos en los términos del artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, y por la otra exigir su reinstalación en el puesto que hubieran desempeñado al servicio del patrón, también con pago de salarios caídos.
Precedentes
Amparo directo 4410/58. Compañía Obras y Vías, S. A. 22 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.