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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 17
BEBIDAS ALCOHOLICAS INTRODUCIDAS A LAS EMPRESAS. CERVEZA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 17
La finalidad de evitar que los trabajadores introduzcan a la empresa bebidas con contenido alcohólico es, obviamente, impedir que los trabajadores ingieran durante las horas de trabajo bebidas que contengan alcohol, cualquiera que sea su graduación, no sólo para que los mismos desempeñen eficientemente su trabajo, sin entorpecimientos provocados por el alcohol, sino además como una medida para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, prevención que los patrones están obligados a adoptar de acuerdo con la fracción XV del artículo 123 constitucional. Por tanto, independientemente de lo que disponen las normas que reglamentan el expendio de bebidas alcohólicas, es inconcluso que, para los efectos de la sanción prevista en la disposición que se comenta, la cerveza es una bebida embriagante.
Precedentes
Amparo directo 6838/58. The Fresnillo Company. 25 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.