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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 21
CLAUSULA DE EXCLUSION.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 21
Si los estatutos de una organización sindical establecen en el artículo relativo, que para proceder a la destitución de un trabajador miembro de ella, precisa cubrir determinados requisitos consignados en los propios estatutos y en el reglamento interior de trabajo, entre los cuales se indica que la solicitud para dar de baja al trabajador a quien le ha sido aplicada la cláusula de exclusión deberá ir acompañada de los documentos que justifiquen que siguió el procedimiento establecido para estos casos; si se omite tal documentación y por lo mismo no se acreditan los extremos exigidos por el contrato, los estatutos y la ley, la demandada no está obligada a acatar el acuerdo sino hasta el momento en que se llenen todos los requisitos consignados.
Precedentes
Amparo directo 4184/58. "Previsión Obrera", Sociedad Mutualista de Seguros Sobre la Vida. 1o. de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.