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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 38
FERROCARRILEROS, PORCENTAJE AUMENTADO, RECLAMADO POR LOS, DESPUES DE LA AUDIENCIA DE PRUEBAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 38
Si un convenio se celebró después de la audiencia de pruebas, haciendo saber a la Junta que habiéndose ampliado el derecho en cuanto al porcentaje de pensiones originalmente reclamado, el nuevo porcentaje debía servir de base para la reclamación del actor. A esto la Junta resolvió dando vista por el término de cinco días a la contraria para que manifestara lo que a su derecho conviniera, sin que ferrocarriles hubiera manifestado cosa alguna, por lo cual no puede estimarse que el aumento de porcentaje a virtud del convenio posterior a la demanda, quedara fuera de la litis.
Precedentes
Amparo directo 1859/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 6 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.