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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 38
FERROCARRILEROS, RIESGOS NO PROFESIONALES SUFRIDOS POR ALCOHOLISMO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 38
Basta el simple estado alcohólico, para dejar sin efectos las obligaciones de la empresa, a que se refieren las cláusulas 308, 310 y 390 del contrato colectivo del trabajo.
Precedentes
Amparo directo 6737/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.