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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 62
PROBIDAD, FALTA DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 62
No es óbice para tener por probada la falta de probidad, la circunstancia de que los testigos no hayan presenciado el momento en que se colocó el producto robado a la empresa en la canasta del almuerzo del trabajador, porque basta para aceptar ese hecho y atribuirlo al trabajador, el haberse demostrado que recibió la canasta de alimentos y que al concluir su almuerzo, la devolvió a su hija y al registrarse dicha canasta se encontró el producto aludido sin que la propia hija diera explicación de ninguna naturaleza sobre el particular.
Precedentes
Amparo directo 6521/59. Juan Díaz López. 13 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.