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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 67
RESCISION POR FALTAS INJUSTIFICADAS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 67
Si el actor confesó haber faltado cuatro días en el mismo mes, tuvo más de tres faltas en un mes y ello es bastante para que la empresa le rescindiera su contrato, salvo que hubiese quedado probado en autos que tuvo permiso o causa justificada para ello.
Precedentes
Amparo directo 7046/58. Emilio Contreras Zapata. 21 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.