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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 69
SALARIO DE VEINTE DIAS POR AÑO Y ACCION PARA EL PAGO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 69
El derecho a veinte días de salario por cada año de servicios en caso de despido injustificado y conforme al artículo 21 del Reglamento de Trabajo de los Empleados de las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares y la acción para obtener su pago sólo pueden surgir desde la fecha del despido.
Precedentes
Amparo directo 166/60. Fernando Sastre Garcilazo. 7 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.