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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 75
SINIESTROS O RIESGOS, OBLIGACION DE PRESTAR AUXILIO EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Quinta Parte; Pág. 75
El artículo 113, fracción V, de la ley laboral, contiene la indicación de que el trabajador está obligado a prestar auxilio en los casos señalados por la disposición legal y debe entenderse como una de las condiciones integrantes del contrato de trabajo y supletivas del mismo, pues aun cuando en la contratación no se estipule cláusula relacionada con la obligación, ésta tiene el carácter de impositiva por disposición de la ley, y su desatención implica una falta de cumplimiento al contrato de trabajo que puede estructurar una causa de despido.
Precedentes
Amparo directo 8198/59. Compañía Explotadora de Minas, S. A. 13 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.