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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 9
ACCIDENTES NATURALES Y ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 9
La expresión accidente natural tiene que entenderse, por una parte, en oposición a accidente de trabajo y, por lo mismo, como aquel que está totalmente desvinculado de las labores que habitualmente realiza el trabajador, y por otro lado, debe entenderse como la muerte, la lesión o la perturbación originada por un acontecimiento de la naturaleza, por descuido o torpeza de la víctima o por un hecho de tercero, pero siempre y cuando en el último caso no se trate de una acción ejecutada intencionalmente, pues es claro que en tal caso se trata de un delito y no de un accidente natural.
Precedentes
Amparo directo 2820/59. The Fresnillo Company Unidad Naica. 9 de junio de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.