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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 29
CONTRATO PARA OBRAS DETERMINADAS, OBLIGACIONES PATRONALES EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 29
Si la empresa estuvo obligada a conservar al trabajador mientras se realizaba una obra determinada, lógico es concluir que sus obligaciones no podían ir más allá de esto. Por lo tanto, la Junta no infringe precepto legal alguno al haber limitado su condena a pago de salarios caídos al lapso en que de haber trabajado normalmente el actor, hubiera tenido derecho a percibirlos, y por cuanto a la absolución respecto a la reinstalación reclamada también se justifica, pues agotada la necesidad de la contratación antes de que finalizara el procedimiento legal, tal reinstalación se tornó en un hecho imposible de satisfacer.
Precedentes
Amparo directo 4289/59. Andrés Ibarra Avelar. 6 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente y ausente: Gilberto Valenzuela.