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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 32
DEMANDA, CITA DE DISPOSICIONES LEGALES EN LA.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 32
En manera alguna puede considerarse que la cita de disposiciones legales que se hizo en la demanda del quejoso sea un hecho relatado en la propia demanda, pues por tal se entiende la relación de alguna de las circunstancias o sucesos en que el actor basó su acción, más no las normas legales o contractuales que en relación con los hechos determinan la procedencia de la misma.
Precedentes
Amparo directo 7773/59. Felipe Sánchez Franco. 27 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.