Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/275604
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 33
DESPIDO DEL TRABAJADOR.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 33
La simple ausencia de los trabajadores a partir de la fecha en que ellos mismos dicen que fueron despedidos, no excluye la posibilidad de que éstos hayan sido separados del servicio, toda vez que su ausencia en el trabajo puede ser consecuencia del hecho del despido que invocaron en la demanda.
Precedentes
Amparo directo 1020/60. Carmen Estévez Gómez y coagraviado. 16 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.