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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275611
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 35
DESPIDO INJUSTIFICADO, CARGA DE LA PRUEBA DEL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 35
No es exacto que cuando el trabajador invoque en su demanda laboral, como causa de sus reclamaciones, el despido injustificado de su trabajo y el patrón se excepcione alegando que fue el trabajador quien abandonó el trabajo, corresponda a aquél probar el despido, ya que siendo términos contradictorios el despido y el abandono del trabajo, incumbe a quien contradice el despido probar su afirmación del abandono del trabajo, a diferencia del caso en que el trabajador actor afirma el despido y el patrón se concreta a negarlo, pues entonces sí incumbe al primero probar el despido.
Precedentes
Amparo directo 7762/57. Concepción Montes de Hernández y coagraviados. 3 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.