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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 54
FERROCARRILEROS. TURNOS. TRASPASO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 54
Estudiando la cláusula 471 de las bases generales para el departamento de fuerza motriz y maquinaria se advierte que su aplicación es estrictamente condicional, pues el turno debe traspasarse dentro de la jornada legal, pero cuando se presenta el caso de que se traspase el turno a lo menos diez minutos fuera de la jornada ordinaria, percibirán los jefes media hora extra. Es pues condición precisa que se de el caso anormal de que se traspase el turno fuera de la jornada legal. Consecuentemente, tal pago extraordinario no viene a formar parte del salario, porque su naturaleza característica es la de eventualidad y por ello, no constituye un derecho adquirido para el trabajador traspasar el turno forzosamente fuera de la jornada legal. De manera que si por circunstancias del servicio se estuvo traspasando el servicio por tiempo indefinido fuera de la jornada legal y cumpliéndose por tanto, con la cláusula 471 de bases generales para la especialidad, situación anormal prevista en ella, la empresa está facultada para mandar verificar el traspaso de turno en forma normal, dentro de la jornada ordinaria, sin que los jefes escalafonados tengan derecho para obligar a la empresa a seguir manteniendo una situación gravosa a sus intereses, que sólo constituyó una condición para casos emergentes establecida preventivamente en el contrato colectivo cláusula 69 y 471 de bases generales de la especialidad.
Precedentes
Amparo directo 1569/58. Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de junio de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.