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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 275655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 76
MUERTE DEL TRABAJADOR, PRESUNCION DE RIESGO PROFESIONAL.
[TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Quinta Parte; Pág. 76
Cuando un trabajador labora, cualesquiera que sean las actividades a que se dedique, en un ambiente científicamente clasificado como propicio para la adquisición de un padecimiento, salvo la demostración por los medios adecuados de parte de aquel a quien interesa producirla, debe estimarse su muerte como un riesgo profesional, por cuanto el trabajador estuvo sometido, por la índole de sus actividades, a un esfuerzo continuado, que trajo como consecuencia su debilitamiento físico y, por la índole del trabajo desempeñado, su gravedad y más tarde su deceso.
Precedentes
Amparo directo 5988/58. Compañía Terminal de Veracruz. 15 de junio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.